Revelación de secretos

¿En qué consiste el delito de revelación de secretos de una empresa?

Existen una serie de delitos previstos que sirven para proteger el derecho a la intimidad, un derecho fundamental recogido en el artículo 18 de la Constitución Española. Aunque se pueda pensar que solo las personas físicas pueden ser titulares de este derecho, lo cierto es que las personas jurídicas —es decir, empresas, entidades, asociaciones, etc.— también pueden ver vulnerada su intimidad. Es por ello que el Código Penal prevé una serie de delitos que sancionan a aquellos que vulneren el derecho a la intimidad de las personas jurídicas.

¿Qué es el delito de revelación de secretos y en qué consiste?

Para tener claro en qué consiste el delito de revelación de secretos en una empresa es necesario determinar qué es el secreto de empresa. El secreto de empresa, de acuerdo con nuestra jurisprudencia y doctrina (Ley 1/2019, de 20 de febrero de 2019, de Secretos Empresariales), es aquella información relativa a los procedimientos de producción, comercio, organización del negocio, conocimientos, informaciones, técnicas y estrategias del ámbito empresarial que quieren mantenerse ocultos. Así, para considerar una información como secreto de empresa, esta deberá reunir 4 características:

  1. Confidencialidad.
  2. Exclusividad, ya que pertenece a una sola empresa.
  3. Valor económico, ya que puede suponer un provecho económico.
  4. Licitud, ya que la actividad reservada ha de ser legal.

Regulado en el artículo 278 del Código Penal —y una vez tenemos claro qué se considera secreto empresarial—, el delito de descubrimiento y revelación de secretos de empresa consiste en la realización de las siguientes conductas:

  • Apoderarse de datos, documentos, soportes u otros objetos que sean secretos de empresa.
  • Emplear instrumentos de escucha, transmisión, grabación o reproducción de sonido e imagen para revelar secretos de empresa.

Además, estas conductas deberán realizarse con la intención de descubrir los secretos de una empresa, de forma que la víctima de este delito es la empresa en cuestión.

¿Qué sanciones conlleva el delito de revelación de secretos?

Este delito será castigado con una pena de prisión de 2 a 4 años y una multa de 12 a 24 meses.

No obstante, existe un tipo agravado, de forma que las penas serán mayores cuando, en la realización de las conductas en las cuales consiste el delito, concurran ciertas circunstancias agravantes. Así, cuando el secreto de empresa fuera difundido, revelado o cedida a un tercero será castigado con una pena de prisión de 3 a 5 años y una multa de 12 a 24 meses. En cualquier caso, la persona que ha llevado a cabo las conductas de descubrimiento de secretos deberá ser la misma que ha revelado o difundido dichos secretos de empresa.

Sin duda, las penas de prisión con que están castigado este delito no es un asunto baladí. No obstante, las penas de multa también son de relevancia, ya que la cuantía de las mismas podrá estar entre 2 y 400 euros diarios durante un periodo de tiempo de 12 a 24 meses en ambos casos. Así, serán el juez o el tribunal los que decidirán la extensión de la pena de multa y la cuantía diaria de la misma. Por ejemplo, si el juez impusiera una pena de multa de 12 meses —entendiéndose que cada mes cuenta con 30 días— con una cuantía diaria de 6 euros, la pena de multa ascendería a 2160 euros, una cantidad de cierta relevancia.

En cualquier caso, lo mejor es acudir a un experto en el tema que pueda despejar cualquier duda que nos pudiera surgir al respecto de estos delitos.