Como crear una SL

¿Cómo crear una sociedad limitada? Trámites a seguir

 

La Sociedad de Responsabilidad Limitada o S. L. es la forma social más empleada en nuestro país por pequeños y medianos empresarios, no solo por ser una forma de salvaguardar su propio patrimonio limitando su responsabilidad al capital que aporten (como mínimo, 3000 euros) sino, sobre todo, por la relativa rapidez y facilidad en su creación, siendo posible hoy por hoy su constitución íntegramente por medios telemáticos.

En este artículo te indicamos cómo crear una sociedad limitada desde cero, resumiendo todos los trámites para constituir una sociedad limitada:

1. Registro del nombre de la sociedad

El primer paso para crear una sociedad es ponerle nombre, para lo cual debemos obtener un certificado negativo de denominación social expedido por el Registro Mercantil Central. Este certificado acreditará que el nombre seleccionado no está siendo usado por otra entidad, y lo reservará durante un plazo de 6 meses, aunque habrá que renovar dicha reserva transcurridos tres meses si, como más adelante veremos, no se hubiera firmado la escritura de constitución ante notario.

La denominación escogida habrá de cumplir las normas que figuran en la propia página web del Registro Mercantil Central, seguida, por supuesto, de la forma social “Sociedad Limitada”.

2. Apertura de cuenta bancaria a nombre de la sociedad

Una vez reservada la denominación social hay que dar de alta una cuenta bancaria a nombre de la sociedad, en la que se depositará el importe del capital social inicial, que, como sabemos, habrá de ser un mínimo de 3000 euros.

 

3. Aprobación de los estatutos sociales

Los socios deberán redactar los estatutos sociales o normas por las que se regirá la sociedad, en los que debe constar, como mínimo, el contenido dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Sociedades de Capital.

Estos estatutos deberán aprobarse por unanimidad de los todos los socios fundadores, quienes asumirán la totalidad de las participaciones sociales, o por el socio único, en cuyo caso se tratará una Sociedad Limitada Unipersonal.

4. Otorgamiento de la escritura pública de constitución

Los socios deberán acudir ante notario para otorgar la escritura pública de constitución, en la que debe constar, además de los estatutos sociales, la identidad de cada uno de los socios, su voluntad de constituir la sociedad, las aportaciones que cada cual haga y las participaciones sociales que asuma, así como la identidad de la persona o las personas que se encargarán de la administración y representación de la sociedad.

Esta escritura tiene carácter constitutivo, entendiéndose que la sociedad existe desde la fecha de su otorgamiento, pero aún serán precisos algunos trámites para su efectividad y puesta en funcionamiento.

5. Obtención del CIF

Es necesario dirigirse con la escritura a la Hacienda para obtener el CIF (en principio, provisional), presentar la declaración censal de la misma (modelo 036) y darla de alta en el IAE.

6. Inscripción en el Registro Mercantil

La escritura de constitución deberá presentarse en el plazo máximo de dos meses desde su otorgamiento ante el Registro Mercantil de la provincia correspondiente al domicilio social para su calificación e inscripción, momento en el cual se culmina la constitución de la sociedad, pudiendo esta desplegar todos sus efectos.

Como vemos, la constitución de una sociedad no es difícil de llevar a cabo, pero consta de una serie de pasos que hay que seguir de forma ordenada y correcta para evitar cualquier tipo de problema. Si estás pensando crear un empresa y tienes dudas sobre cómo hacerlo, lo mejor es que recurras a profesionales que te asesoren.